Delitos ambientales son las actividades humanas que causan o pueden causar perjuicios, alteración o daños a la salud de las personas, al ambiente, a los procesos ecológicos o a sus componentes. Resumiendo: Son hechos de contaminación por encima de los niveles permitidos por las leyes y normativas vigentes. En Tucumán tenemos contaminación del aire, suelo, agua y daños a la salud debido a la quema de cañaverales, la cachaza, vinaza, derrames cloacales, residuos sólidos urbanos y otros. Los contaminadores para actuar, necesitan de la impunidad, permisividad y complicidad de los tres poderes del Estado tucumano y de la Defensoría del Pueblo, que en estos casos no actúa como lo exige la misión y las funciones que tiene asignadas por ley. Entiendo que en un sistema de gobierno Democrático Republicano, al Poder Judicial le corresponde el conocimiento y decisión de todas las causas que versen sobre puntos regidos por la Constitución y las leyes. Se sabe que en casos de interés y afectación al público, como es la contaminación ambiental, los Fiscales y funcionarios judiciales pueden y deben actuar de oficio. En nuestra provincia, la contaminación mencionada es evidente, la padecemos y tienen características endémicas, pero el Poder Judicial nada hace al respecto. Población, ecosistemas y patrimonio natural abandonados, a merced de los contaminadores de turno. Cabe recordar que en la Argentina y en Tucumán, lo ambiental tiene rango constitucional y está establecido en el Artículo 41 de ambas cartas magnas. Si en una República, el Poder Judicial no tiene independencia o no cumple con la misión y las funciones asignadas, entonces la República está condenada a una lenta muerte anunciada. En nuestra provincia, el Poder Judicial: ¿Para qué está y a quién le sirve?
Juan Francisco Segura
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